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Financiación Bancaria  para disminuir el impacto negativo que puede tener el coronavirus en el negocio de las empresas, garantizando su liquidez.

Esta línea está dirigida a todos los autónomos y empresas, con domicilio social en España, que desarrollen su actividad en sectores afectados por el descenso de la demanda como consecuencia de la crisis sanitaria.

Condiciones de la Financiación

Condiciones de financiación de la línea habilitada para paliar los efectos de la quiebra de Thomas Cook que se utiliza para esta ayuda. A la espera de que el ICO facilite las condiciones de acceso definitivas.

  • Importe máximo por cliente: hasta 500.000  euros, en una o varias operaciones.
  • Conceptos financiables: Necesidades de liquidez financiables a través de la Línea Empresas y Emprendedores.
  • Modalidad: préstamo.
  • Tipo de interés: fijo, hasta el 1,5%(TAE máxima incluida comisiones).
  • Plazo de amortización y carencia: De 1 a 4 años con 1 año de carencia de principal.
  • Comisiones: la entidad de crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.
  • Garantías: a determinar por la entidad de crédito, excepto aval de SGR/SAECA.
  • Vigencia: se podrán formalizar préstamos hasta el 31 de diciembre de 2020.

Esta financiación con garantía del ICO está sometida al Reglamento (UE) número 1407/2013  de la Comisión Europea relativo a las ayudas de minimis.

¿Dónde tramito la solicitud?

Directamente a través de las entidades de crédito que colaboran en esta Línea:

  • Banco Santander
  • BBVA
  • CaixaBank
  • BCC (Grupo Cajamar)
  • B. Cooperativo
  • Bankinter
  • Caja Rural de Teruel
  • Liberbank
  • Banco Sabadell
  • Caja Rural del Sur
  • Caja Rural de Navarra
  • Caja Rural de Jaén
  • Caja Rural de Zamora
  • Caja Rural de Asturias
  • Globalcaja
  • Caja Rural de Aragón (Bantierra)
  • Caja Rural de Granada
  • Unicaja
  • Abanca

(*) El listado se actualizará diariamente con las entidades que se vayan adhiriendo.

Financiación sujeta a previa aprobación por parte de la Entidad Financiera.

Condiciones de los avales

Se está a la espera de un nuevo acuerdo del Consejo de Ministros sobre la creación por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de una línea de avales, a través del ICO, para movilizar hasta 200.000 millones de euros de liquidez para las empresas y respaldar así la financiación concedida por las Entidades Financieras para atender sus necesidades de tesorería, acuciantes por la crisis sanitaria.

Es muy importante entender que el aval del ICO se establece ante el banco y su misión es que la entidad no se niegue a conceder el préstamo. Es decir: el ICO no acudirá con el 80% del préstamo en caso de fallo; sino que que lo hará cuando la entidad así lo demande; y será cuando el deudor asuma que no puede pagar, normalmente, por vía judicial.